Planilla de caudal relicto: el paso que libera los bienes de la herencia
La planilla de caudal relicto es el inventario, bajo juramento, de los bienes y deudas que tenía una persona al momento de fallecer. Se presenta ante el Departamento de Hacienda.
Con ella, Hacienda emite el relevo (certificado de cancelación de gravamen). Sin el relevo, la familia no puede vender ni inscribir la propiedad heredada, ni cobrar las cuentas del ser querido.
Nosotros preparamos la planilla, reunimos la documentación y nos encargamos del trámite hasta obtener el relevo. Atendemos en la oficina o a domicilio.
- Atención en la oficina o a domicilio
- Trato personal y directo con el Lcdo. Eduardo Zúñiga Hernández
- Acompañamiento desde la declaratoria hasta la inscripción en el Registro
¿Para qué necesita el relevo de Hacienda?
El relevo suele ser indispensable para:
- Vender o hipotecar una propiedad heredada.
- Inscribir la propiedad a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
- Cobrar cuentas, certificados de ahorro o inversiones de la persona fallecida.
- Dividir la herencia entre los herederos.
¿Hay que pagar contribución?
Para personas fallecidas después del 31 de diciembre de 2017, la herencia no paga contribución en Puerto Rico. Aun así, la ley exige presentar una planilla informativa para obtener el relevo, dentro de los 12 meses siguientes al fallecimiento.
Si el fallecimiento ocurrió antes de 2018, aplica el régimen anterior, que puede incluir contribución. Le orientamos según la fecha de su caso.
Los pasos del proceso
- Inventario de bienes y deudasIdentificamos las propiedades, cuentas, inversiones y deudas que tenía la persona al fallecer.
- Documentación y valoresReunimos escrituras, estados de cuenta y la información necesaria para valorar cada bien.
- Verificación de deudas contributivasRevisamos si existen deudas con Hacienda o el CRIM, porque pueden afectar la emisión del relevo.
- Preparación de la planillaPreparamos la planilla y sus anejos con el detalle de cada bien, para que se firme bajo juramento.
- Presentación ante HaciendaPresentamos la planilla con todos los documentos requeridos.
- Emisión del relevoHacienda emite el certificado de cancelación de gravamen. Si hay algún requerimiento, lo atendemos.
- Uso del relevoCon el relevo, se puede inscribir la propiedad en el Registro, cobrar cuentas o completar una venta.
Situaciones especiales
- Deudas con Hacienda o el CRIM: pueden requerir un relevo condicionado o una autorización especial para vender.
- Caja de seguridad: su apertura requiere coordinar con Hacienda para que un funcionario tome inventario.
- Persona no residente con bienes en Puerto Rico: también debe presentarse la planilla.
- Bienes descubiertos después: se incluyen mediante una planilla enmendada.
Documentos que suelen requerirse
No se preocupe si no los tiene todos: le ayudamos a conseguir los que falten.
- Certificado de defunción.
- Declaratoria de herederos o testamento.
- Escrituras y certificaciones registrales de las propiedades.
- Estados de cuenta bancarios, de inversiones y de retiro.
- Información de deudas: hipotecas, préstamos y tarjetas.
- Información sobre deudas contributivas con Hacienda o el CRIM, si alguna.
Según el caso, pueden requerirse documentos adicionales.
Preguntas frecuentes
¿Necesito la declaratoria de herederos antes de la planilla?
Por lo general, sí. Cuando la persona falleció sin testamento, la declaratoria identifica a los herederos que firmarán y presentarán la planilla. Le orientamos sobre el orden correcto en su caso.
¿El banco me puede entregar el dinero de mi familiar sin el relevo?
Por lo general, no. Las instituciones financieras suelen requerir el relevo de Hacienda antes de liberar cuentas, certificados o inversiones de una persona fallecida.
¿Hay que pagar contribución por la herencia?
Para personas fallecidas después del 31 de diciembre de 2017, Puerto Rico eliminó la contribución sobre la herencia. Aun así, hay que presentar la planilla informativa para obtener el relevo. Si el fallecimiento fue antes, aplica el régimen anterior y evaluamos su caso.
¿Qué pasa si mi familiar tenía deudas con Hacienda o el CRIM?
Las deudas contributivas pueden impedir el relevo inmediato. Dependiendo de la situación, la ley contempla alternativas como un relevo condicionado o una autorización para vender la propiedad y saldar la deuda. Le explicamos las opciones.
¿Qué pasa si después aparece otro bien?
Se puede presentar una planilla enmendada para incluirlo. Le ayudamos a corregirla.
¿Qué pasa si ya pasaron más de 12 meses del fallecimiento?
Consúltenos. Evaluamos su caso y le indicamos cómo proceder.
¿Tengo que ir a Hacienda?
Nosotros preparamos la planilla y nos encargamos de la presentación. Le indicamos si en su caso hace falta su firma o presencia en algún momento.
Obtenga el relevo de Hacienda sin complicaciones
Sabemos que estos trámites llegan en un momento difícil. Nos encargamos de la planilla y le mantenemos informado en cada paso.
Llame hoy o escríbanos por WhatsApp para coordinar su consulta.
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