Declaratoria de herederos: el primer paso para resolver una herencia
Cuando un ser querido fallece sin dejar testamento, la ley necesita un documento oficial que diga quiénes son sus herederos. Ese documento es la declaratoria de herederos.
Sin ella, la familia no puede vender ni traspasar la casa, cerrar o cobrar cuentas bancarias, ni dividir los bienes. Es el primer paso para que la herencia pase legalmente a sus nuevos dueños.
En nuestra oficina le acompañamos en todo el proceso, desde reunir los documentos hasta inscribir la propiedad a nombre de los herederos. Atendemos en la oficina o a domicilio, para su comodidad.
- Atención en la oficina o a domicilio
- Trato personal y directo con el Lcdo. Eduardo Zúñiga Hernández
- Acompañamiento desde la declaratoria hasta la inscripción en el Registro
¿Cuándo necesita una declaratoria de herederos?
Usted probablemente la necesita si:
- Su padre, madre, cónyuge u otro familiar falleció sin testamento.
- Quiere vender, hipotecar o traspasar una casa o terreno que era de la persona fallecida.
- El banco le pide la declaratoria para liberar cuentas, certificados o fondos.
- Necesitan dividir la herencia entre hermanos u otros familiares.
- Una herencia se quedó sin resolver por años y ahora hay que ponerla en orden.
- Uno de los herederos también falleció y hay que atender más de una sucesión.
Si la persona dejó testamento, el proceso es distinto. Consúltenos y le orientamos sobre el camino correcto.
Los pasos para resolver una herencia
La declaratoria es el primer paso, pero no el último. Para que los herederos puedan disponer de los bienes, el proceso completo suele incluir:
- Consulta inicialConversamos sobre la familia, los bienes y la situación. Le indicamos qué documentos hacen falta.
- Recopilación de documentosObtenemos las certificaciones oficiales necesarias, como la que confirma que la persona no dejó testamento.
- Petición de declaratoria de herederosPreparamos y presentamos la petición, con la prueba que identifica a cada heredero.
- ResoluciónSe emite el documento que declara oficialmente quiénes son los herederos.
- Planilla de caudal relicto y relevo de HaciendaSe presenta ante el Departamento de Hacienda el inventario de los bienes de la persona fallecida. Hacienda emite el relevo (certificación de cancelación de gravamen), indispensable para vender o traspasar propiedades y cobrar cuentas.
- Instancia ante el Registro de la PropiedadCon la declaratoria y el relevo, se solicita al Registro que inscriba la propiedad a nombre de los herederos.
- Partición o venta (si aplica)Una vez inscrita, los herederos pueden dividir los bienes, venderlos o donar su participación mediante escritura.
Cada caso es distinto. Le explicamos qué pasos aplican al suyo desde la primera consulta.
Documentos que suelen requerirse
No se preocupe si no los tiene todos: le ayudamos a conseguir los que falten.
- Certificado de defunción de la persona fallecida.
- Certificados de nacimiento de los hijos u otros herederos.
- Certificado de matrimonio, si estaba casada.
- Certificación del Registro de Testamentos (confirma si dejó testamento o no).
- Certificación del Registro de Poderes y de Asuntos No Contenciosos ante Notario.
- Identificación con foto de los herederos.
- Información de los bienes: escrituras de propiedades, estados de cuenta, vehículos, entre otros.
Según el caso, pueden requerirse documentos adicionales, por ejemplo, si algún heredero también falleció o vive fuera de Puerto Rico.
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender la casa de mi familiar sin hacer la declaratoria de herederos?
No. Para vender o traspasar una propiedad heredada sin testamento, primero hay que identificar legalmente a los herederos, obtener el relevo de Hacienda e inscribir la propiedad a su nombre.
¿Hay que pagar contribución por la herencia?
Para personas fallecidas después del 31 de diciembre de 2017, Puerto Rico eliminó la contribución sobre la herencia. Aun así, hay que presentar la planilla informativa ante Hacienda para obtener el relevo.
¿Qué pasa si mi familiar falleció hace muchos años?
Todavía se puede hacer. En casos antiguos es común que haya que resolver más de una herencia a la vez, y le orientamos sobre cómo hacerlo.
¿Qué pasa si uno de los herederos vive fuera de Puerto Rico?
No es un impedimento. Coordinamos los documentos necesarios para que pueda participar desde donde se encuentre.
¿Tengo que ir al tribunal o a las agencias?
Nosotros preparamos y presentamos los documentos. Le indicamos si en su caso hace falta su presencia en algún momento.
¿Atienden a domicilio?
Sí. Atendemos en nuestra oficina o nos trasladamos a su hogar, especialmente para personas de edad avanzada o con dificultad para moverse.
¿Cuánto tarda el proceso?
Depende de cada caso: cuántos herederos hay, qué documentos están disponibles y qué bienes hay que inscribir. En la consulta inicial le damos un estimado para su situación.
Resolvamos la herencia de su familia, paso a paso
Entendemos que este proceso llega en un momento difícil. Nuestro compromiso es explicarle todo con claridad y encargarnos de los trámites, para que usted no tenga que hacerlo solo.
Llame hoy o escríbanos por WhatsApp para coordinar su consulta.
Servicios relacionados
- Planilla de caudal relicto y relevo de Hacienda
- Inscripción de herencia en el Registro de la Propiedad
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